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Seguros
LAS COBERTURAS QUE DEBE TOMAR EL EMPRESARIO DEL CAMPO
Como ya manifestamos en nuestra nota publicada en el número anterior de CONCIENCIA RURAL, quienes se dedican a la actividad agropecuaria saben, por sobre todas las cosas, convivir con el riesgo en sus más variadas formas.
También dijimos que el éxito de las empresas agropecuarias depende, en gran medida, de parámetros que el empresario no puede controlar (ej.: la metereología), u otros factores que inciden en la tranquilidad y previsibilidad económica de sus propias empresas por el daño que provocan a terceros (ej.: accidentes con herramientas en la vía pública, los ocurridos al personal afectado a la explotación, etc.).
Precisamente para resguardar y/o minimizar esos riesgos empresarios, existen muy variados y amplios tipos de coberturas de parte de las Compañías Aseguradoras que hoy están presentes en el mercado argentino. Insistiendo además, que en general son de bajo costo en relación con la tranquilidad que le proporcionan al Asegurado.
Con el propósito de ilustrar a los lectores, iremos detallando en sucesivas entregas algunas de las coberturas clásicas y necesarias para todo el sector agropecuario, mencionando desde luego que cada una de ellas posee sutiles diferencias según quién las comercialice; por lo abarcativas y completas que resultan, comenzaremos con la descripción de los llamados “seguros integrales”, aunque también es útil mencionar que bien podría el tomador del seguro optar en forma individual sólo por alguna de ellas, sin necesidad de involucrarse con productos tan globales; a saber:
SEGUROS INTEGRALES AGROPECUARIOS:
Se trata de productos “enlatados” que cubren varios riesgos en una misma póliza, diseñados específicamente para la empresa agropecuaria. Sus características específicas dependerán de cada una de las empresas que comercialicen estos productos, y también de las distintas alternativas de coberturas que se ofrecen en forma adicional en cada caso; detallamos a continuación lo más habitual y damos una explicación resumida de cada riesgo:
Conciencia
1.- INCENDIO: 1.1. Edificio: se entiende por edificio o construcción principal, a todo aquel que, adherido al suelo dentro del perímetro del campo o localidad cercana al mismo, sirve como vivienda permanente, con la inclusión de las instalaciones de gas y/o eléctricas, etc., que complementen el confort de la misma. En este riesgo es adicional (y muy útil, por cierto) la cobertura de Vendaval, Huracán y, Tornado. También es adicional la vivienda secundaria (utilizada por el personal).
1.2 .Contenido: es el mobiliario, ropa y provisiones del grupo familiar, invitados y domésticos.
1.3. Maquinarias Agrícolas: se encuentre ésta funcionando o en depósito, y deben ser individualizadas con una identificación precisa y estableciendo la suma asegurada correspondiente en cada caso. Sin embargo, el total de suma asegurada para toda la maquinaria, guardará proporcionalidad con la suma asegurada para Incendio Edificio.
1.4. Sementeras de Cereales y oleaginosas: cuando se cubren sembrados en píe, el momento de mayor riesgo de incendio es durante la cosecha, motivado por las maquinarias y poblaciones de trabajadores en el mismo (cosecheros, camioneros, etc.). Este riesgo se incrementa ciertamente, en años de elevadas temperaturas, períodos de sequía, carencia de máquinas cosechadoras, etc..
1.5. Alambrados: este riesgo es de escasa peligrosidad en la pampa húmeda, incrementándose cuando el campo está próximo a banquinas de rutas principales o poblaciones.
2.- ROBO: 2.1 Contenido General: cubre los bienes que se encuentran en la casa principal, propiedad del Asegurado, se encuentre ésta en el campo o en el ejido urbano; también los bienes de los familiares que convivan con él y del personal doméstico, y los daños emergentes al ingresar personas extrañas a la propiedad.
2.2. Electrodomésticos: al igual que el “robo de contenido”, las sumas aseguradas por este rubro, están en relación con la suma asegurada para “incendio de la vivienda”.
3.- RESPONSABILIDAD CIVIL: 3.1. Escape de Hacienda: Las Aseguradoras se obligan a mantener indemne al Asegurado por cuanto deba a un tercero en razón de la Responsabilidad Civil que surja de los Artículos 1109 ál 1136 del Código Civil, en que incurra exclusivamente como consecuencia de los hechos y circunstancias acaecidos en el plazo convenido en la póliza. El presente riesgo se cubre hasta las sumas máximas aseguradas en cada póliza, y siempre que no existan razones muy evidentes de rechazo (alambrados, cercas o tranqueras en mal estado, pastoreos en caminos o banquinas, etc.).
Conciencia
4.- ACCIDENTES PERSONALES: 4.1. Muerte e Invalidez Permanente: para el propietario de Establecimiento o cada una de las personas del grupo familiar. Se entiende por accidente toda lesión corporal que pueda ser determinada por los médicos de una manera cierta, sufrido por el Asegurado independientemente de su voluntad, por la acción repentina y violenta de o con un agente externo.
4.2. Muerte e Invalidez Total y/o Parcial Permanente para el Peón Temporario: estas coberturas pueden contratarse bajo dos modalidades: en forma individual o colectiva (para un grupo de personas unidas por un interés común, pre-existente y distinto que el de obtener un seguro). Son pólizas necesarias (diría, casi imprescindibles), y hace referencia a los ocupados que trabajen en calidad de transitorios, a las órdenes del Asegurado y en tareas del Establecimiento. Justamente por realizar tareas esporádicas, no se encuentran comprendidos dentro de la Ley 24557 de Riesgos de Trabajo. Se define como personal transitorio, al ocupado no más de 120 días por período anual de vigencia de póliza, en la realización de tareas continuas o alternadas, que por su naturaleza se efectúen durante determinadas épocas del año.
5.- COBERTURA ADICIONAL AUTOMOTORES:
En muchos casos, a la cobertura “Integral” desarrollada en los puntos anteriores, y por medio de este adicional que es el típico seguro de automotores, pueden darse cobertura a los automóviles y/o pick ups propiedad del Asegurado, accediendo a distintos tipos de bonificaciones en sus costos (habitualmente sólo a los vehículos radicados en zonas de bajo riesgo).
6.- RESPONSABILIDAD CIVIL AUTOMOTOR:
También es muy útil (nuevamente, casi diría imprescindible), acceder a coberturas de R. C. Automotor, para dar respuesta a las obligaciones que se generen con terceros, como consecuencia de los hechos y circunstancias acaecidos en posibles accidentes en rutas o caminos, por maquinarias, trailers, camiones, acoplados, etc., propiedad del Asegurado.
Por último, y por considerar de suma importancia para el empresario agropecuario, a continuación describiremos en forma resumida otra cobertura tan útil como necesaria para el hombre de campo; a saber:
SEGURO TECNICO EQUIPO CONTRATISTA:
Con estas pólizas se cubre la maquinaria (tractores, cosechadoras, pulverizadores, fertilizadores, tolvas, acoplados, traillers, casillas, cisternas de combustible, implementos agrícolas, etc.) y equipo, a partir del momento en que se encuentra efectuando su función específica, sobre la superficie terrestre y en tierra firme, incluyendo su eventual tránsito terrestre desde el lugar de guarda habitual y hasta el lugar de trabajo y viceversa, y transporte terrestre (siempre que se efectúe por sus propios medios y/o unidades propias del Asegurado), y/o depósitos terrestres. Los bienes consignados quedan cubiertos contra pérdidas (robo –excluido el hurto- e incendio) y/o daños materiales externos, siempre que tales pérdidas y/o daños se produzcan en forma accidental, súbita e imprevista y que se haga necesaria una reparación y/o reposición como consecuencia directa de las causas o circunstancias que se establezcan en la póliza. A estas pólizas se les puede adicionar, también, Responsabilidad Civil.
Es importante resaltar que estas coberturas no amparan a los Asegurados de los posibles daños ocasionados a terceros durante el tránsito de la maquinaria por rutas y caminos, para ello justamente, existen las coberturas mencionadas precedentemente como “Responsabilidad Civil Automotor”.
En entregas posteriores describiremos más en detalle otras alternativas y necesidades que posee el empresario del campo. Agradecemos a CONCIENCIA RURAL la posibilidad de mostrar estas herramientas y esperamos ser útiles a todos sus lectores.
Julio César Martínez
Productor de Seguros Agrícolas
011-4826-9819
e-mail:juliocmart@arnet.com.ar
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